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LPF: conoce las resoluciones del tribunal de disciplina



PERIODISMO: Todo el periodismo que vaya a desarrollar sus funciones en el segundo partido final del torneo de primera división, deberá acreditarse en la secretaria de la Liga Pehuajense de Fútbol, por nota del medio que represente constando en la misma Apellido y Nombres y Nº de DNI.- Las acreditaciones se recibirán en la Liga, hasta el día viernes 1º del corriente a las 22,00 horas.-


RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL DE PENAS
CLUB DEFENSORES DEL ESTE – FUTBOL FEMENINO:
Visto el informe del árbitro donde consta que el club de referencia , no se presentó en el horario fijado por Boletín Oficial a disputar su partido frente al club Atlético Chiclana, que se debía disputar en el campo de juego del Club Bancario de Daireaux el día 12 del corriente mes, al cual llegó una hora más tarde, como así también los descargos presentados por el club Defensores del Este, donde deja en claro que la demora en el arribo fue ocasionada por un error de comunicación interna del club y no por falta de voluntad en disputar el encuentro, ya que llegó con todo su plantel, pero el rival se había retirado del campo de juego, este Tribunal resuelve: Dar por perdido el partido al Club Defensores del Este, registrándose como resultado, un gol a favor de Atlético Chiclana, cero gol para el club imputado.- Se descarta la sanción económica, que pudiera corresponderle por entender que verdaderamente el error existió al tomar el horario del partido y no falta de voluntad para disputarlo.-

CLUB ATLETICO MADERENSE: Se cita a los señores Presidente y Secretario del club mencionado, a efectos de que presenten los descargos que crean conveniente, ante el informe presentado por la terna arbitral, que dice : Antes del comienzo del encuentro que disputaron los equipos de Atlético Maderense vs. Atlético K D T, desde el sector de la parcialidad local se arrojaron bombas de humo de color al campo de juego.-

Jugadores Habilitados
Primera División

11237 SANCHEZ KEVIN ATLETICO MADERENSE
13154 BARRAZA MATIAS ATLETICO MADERENSE

Tercera División
12566 HERNANDEZ ENZO ATLETICO K D T

Cuarta División
12792 GALEANO ELÍAS ATLETICO K D T
13030 CORTI MAXIMO ESTUDIANTES BLANCO

Quinta División
14183 LEIVA ARNALDO ATL. GRAL SAN MARTIN
14534 ZYWGART LUCIANO ATL. GRAL SAN MARTIN
13429 MONES CAZON ELIAS ATLETICO CALAVERAS

Séptima División
13977 AVILA KEVIN DEFENSORES DEL ESTE

Jugadores Sancionados
Primera División

20440 CORRALES AGUSTIN ATLETICO MADERENSE 1 Fecha/s Art. 207.

-Cuarta División
14877 SANDOVAL WALTER INDEPENDIENTE M. CAZON 1 Fecha/s Art. 204.-
13273 BENAVIDEZ ENZO ATL. GRAL SAN MARTIN 1 Fecha/s Art. 207.-
13208 CASTRO MATIAS ATL. GRAL SAN MARTIN 1 Fecha/s Art. 207.-
12733 FERREYRA ENZO ATL. GRAL SAN MARTIN 1 Fecha/s Art. 207.-

Quinta División
14367 CARVANI ELVIS ATLETICO K D T 1 Fecha/s Art. 154.-
14646 OVIEDO LEANDRO ATLETICO K D T 1 Fecha/s Art. 154.-
13776 BIAFORA LUCAS ATLETICO K D T 1 Fecha/s Art. 154.-
13448 ROLON EFREN ATLETICO MADERENSE 1 Fecha/s Art. 207.-
13298 LANDA JULIAN ATLETICO CALAVERAS 1 Fecha/s Art. 207.-


Cuerpos Técnicos

DNI Nº 28.289.528 – DE ANTON GASTON – D. Técnico 1ra división: ATLETICO CALAVERAS: Suspendido por el término de (60) sesenta días, Art. 186 y 260 del R. de T. y P.-
DNI Nº 21.445.570 – CHAVARRIA NESTOR – A. Campo 1ra división: ATLETICO CALAVERAS: Suspendido por el término de (21) veintiún días, Art. 186 y 260 del Reglamente de T. y P.-
DNI Nº 17.919.742 – CORNEJO NESTOR – Auxiliar, 1ra división: ATLETICO CALAVERAS: Suspendido por el término de (7) siete días, Art. 186 y 260 del R. de T. y P.-
DNI Nº: 17.013.848 – CABRERA OSVALDO – Auxiliar 5ta división: ATL. GRAL. SAN MARTIN: Suspendido por el término de (21) veintiún días, Art. 186 y 260 del R. de T. y P.-
DNI Nº 11.577.894–FERNANDEZ CASIMIRO – D. Técnico 1ra división: ATLETICO MADERENSE; Suspendido por el término de: (7) siete días, Art. 186 y 260 del Reglamento de T. y Penas.- (*)
DNI Nº: 29.826.255 – FUNES DIEGO – D. Técnico 1ra división: ATLETICO K D T: Suspendido por el término de (7) siete días, Art. 186 y 260 del R. de T. y P.- (*)
DNI Nº: 37.016.535 – BAUZA CRISTIAN – Auxiliar 1ra división: ATLETICO K D T: Suspendido por el término de (7) siete días, Art. 186 y 260 del R. de T. y P.- (*)
(*) ofrecen el reemplazo de la suspensión por el pago de la multa respectiva, lo cual se acepta y por lo tanto quedan habilitados para ejercer sus funciones dentro del Campo de Juego, a partir de la publicación del presente Boletín.-